Entrevista a Nuria Amarilla sobre la creación del Máster en Derecho de la Salud
Nuria Amarilla, socia directora del Grupo de Derecho Farmacéutico Europeo y codirectora del Máster en Derecho de la Salud CESIF-EUPHARLAW
¿Qué es European Pharmaceutical Law Group y cuál es su relación con el Foro Iberoamericano Ciudadanos y Salud?
Somos un equipo con casi dos décadas de experiencia en Derecho Farmacéutico, Alimentario y Sanitario, que desarrolla una labor comercial de asesoría especializada en el sector salud, y una función social en la promoción de la información terapéutica y la protección de los derechos en salud de los ciudadanos.
Foro Ibercisalud es la proyección de Eupharlaw hacia Iberoamérica, basada en su experiencia y filosofía, pero con entidad y perspectiva propias.
Como su nombre indica, European Pharmaceutical Law Group se focalizó inicialmente en el Derecho Farmacéutico. ¿Cuál ha sido la evolución posterior?
El Derecho Farmacéutico era la continuidad lógica tras fundar y presidir Manuel Amarilla la Asociación Española de Derecho Farmacéutico, centrada en sus orígenes en la mejora de la información terapéutica que, sobre los medicamentos, se dirige a los ciudadanos, mediante el prospecto como instrumento principal.
Desde nuestros comienzos hemos trabajado sobre las bases de la pluridisciplinariedad, la corresponsabilidad de todos los agentes, y del empoderamiento de los ciudadanos en las decisiones personales y/o colectivas sobre salud, rompiendo en ocasiones moldes y tradiciones arraigadas -algunas obsoletas-, en la búsqueda de nuevos modos de “hacer salud”por los profesionales, y de la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.
¿Qué logros destacaría de esta trayectoria?
Eupharlaw introduce en la atención farmacéutica y alimentaria cotidianas el concepto de la autonomía de la voluntad de los ciudadanos, que lleva aparejada la necesaria información veraz y objetiva por parte de los profesionales, y el respeto de estos a las decisiones de aquellos, al tiempo que intentamos aumentar la concienciación sobre la cuota de responsabilidad correlativa, que nos exige cambios de hábitos.
La autonomía de decisión unida a la corresponsabilidad de todos supondrá una vida más plena y de mejor calidad.
En esta travesía observamos que la necesidad de una información terapéutica correcta, adecuada y veraz, era necesaria respecto de todos los aspectos que afecten a nuestra salud. Desde la información alimentaria o la medioambiental, hasta la clínica y la farmacéutica, la información terapéutica es mucho más amplia en un concepto holístico de salud que tenga en cuenta todos los factores, incluidos los condicionantes sociales o la influencia de las nuevas tecnologías.
También hemos definido nuevos conceptos jurídicos como el derecho a la información terapéutica, el derecho a la información alimentaria, el Derecho Farmacéutico o el Derecho de la Salud como rama jurídica.
¿Tiene la misma vigencia el derecho a la Información Terapéutica de los ciudadanos que cuando se fundó Eupharlaw?
Más aún, puesto que actualmente el mundo del medicamento es más real y cercano para los ciudadanos. Sabemos que los fármacos nos pueden curar pero también perjudicar, y que pueden tener interacciones con otras sustancias, incluidos los alimentos. Afortunadamente la sociedad de la información ha favorecido el acceso al conocimiento, aunque también supone un reto para diferenciar la información de la publicidad.
Eupharlaw no es un despacho de abogados sino una empresa, ¿qué ámbitos de actuación tiene?
Dentro de todas las ramas (farmacéutica, alimentaria, sanitaria), tiene una actividad jurídica. También proporciona servicios de consultoría a las empresas del sector salud, y docente, de formación a las nuevas generaciones de profesionales y a las no tan nuevas que quieran actualizarse en los nuevos escenarios, con el ciudadano como verdadero eje del sistema.
¿Cómo ha plasmado Eupharlaw su filosofía durante todos estos años?
Hemos elaborado y coordinado más de una docena de libros, y participado en otros tantos, junto a profesionales de todos los ámbitos de la salud, además de mediante jornadas, cursos de formación, foros de debate y grupos de trabajo pluridisciplinares orientados a la mejora de la información y atención en salud de los ciudadanos.
Si mira hacia atrás, ¿ha sido difícil el camino?
Ha sido más enriquecedor que difícil. Todos los colaboradores que hemos tenido nos han apartado conocimientos y enfoques diferentes, y del trabajo conjunto han salido resultados muy valiosos.
¿Qué significado tiene el premio anual creado por Eupharlaw?
El Grupo de Derecho Farmacéutico Europeo (Eupharlaw) concede desde 2001 el Premio Eupharlaw a la personalidad del año en el sector farmacéutico. En 2011, al sumarse a esta iniciativa el Foro Iberoamericano Ciudadanos y Salud, el galardón se pasa a denominar PREMIO EUPHARLAW-IBERCISALUD, y amplía su ámbito al premiar la contribución del año a la mejora de la información terapéutica y/o de la política farmacéutica, en el sector farmacéutico ya no sólo europeo sino también iberoamericano.
¿Se necesita un conjunto normativo específico de Derecho de la Salud?
Es absolutamente necesario unificar, armonizar y crear nueva normativa en los campos del Derecho Farmacéutico, Alimentario y Sanitario con un enfoque integral.
¿Cuáles son las funciones de un especialista en Derecho de la Salud?
Asesorar respecto de las numerosas cuestiones que plantea la actividad de un sector muy regulado, con elevadas exigencias técnicas y numerosos requerimientos administrativos. Desde la producción de materias primas para medicamentos o alimentos, a la fabricación, distribución y comercialización del producto terminado o de tecnología sanitaria, a la gestión de la oficina de farmacia o al desempeño de las profesiones sanitarias, hay incontables exigencias legales que un experto en Derecho de la Salud conoce en profundidad, lo que le permite interrelacionarlas y aplicarlas con rigor.
Formarse en Derecho de la Salud, además de para el ejercicio especializado de la profesión, supone abrirse a oportunidades laborales vinculadas con la Gestión Sanitaria, Relaciones Institucionales y Acceso al Mercado de medicamentos y de tecnologías sanitarias, programas de Corporate Compliance, y muchas otras actividades de las Industrias Farmacéuticas, Parafarmacéuticas y Alimentarias.
Desde un punto de vista contencioso, toda responsabilidad jurídica derivada de conflictos corporativos (propiedad industrial, marcas, derecho de la competencia…) así como por la posible generación de daños a nuestra salud o integridad física o mental, y el aseguramiento de dichos riesgos.
¿Cuál fue la razón que les mueve a crear un Máster en Derecho de la Salud en estos momentos?
Es un sector en plena transformación que requiere profesionales del Derecho que dominen este ámbito y, sin embargo, observamos escasa oferta formativa que permita especializarse en el sector salud desde la perspectiva jurídica. Por esta razón identificamos la necesidad de crear un Máster en Derecho de la Salud que abordase sus áreas principales: Sanidad, Farmacia y Alimentación.
¿Dónde está el punto de unión entre Sanidad, Farmacia y Alimentación?
En las últimas décadas los sistemas sanitarios de los países desarrollados han evolucionado de posturas paternalistas a respetar cada vez más la autonomía de la voluntad individual respecto de la salud. El individuo como sujeto de derechos en salud es el nexo de unión en un concepto de salud integral, no limitada únicamente a la ausencia de enfermedad.