La nueva regulación del uso de antibióticos en animales destinados a la producción de alimentos desde el enfoque ‘One Health’
Por Isabel Marcén Nasarre. Abogada y alumna de la V edición del Máster en Derecho de la Salud CESIF-Eupharlaw.
La aparición y propagación de resistencias antimicrobianas es, a día de hoy, una de las mayores amenazas a las que se enfrenta la sociedad. Cada vez son más las muertes que se producen por infecciones causadas por microorganismos resistentes a los antibióticos existentes.
Estas resistencias se transmiten por el contacto directo entre personas y animales, a través de los alimentos e incluso a través del medio ambiente, por lo que no cabe duda de que este problema debe ser afrontado desde el denominado enfoque <<One Health>> o de salud única, que implica una actuación conjunta en sanidad humana, sanidad animal y medio ambiente.
En este contexto las autoridades europeas y nacionales se han visto obligadas a revisar todo el uso de antibióticos que se está haciendo, tanto en sanidad humana como animal; pero, la repercusión en la cadena alimentaria -y en definitiva en la salud humana- que tiene el uso de antibióticos en animales productores de alimentos destinados al consumo humano, ha situado a la ganadería en el principal punto de mira.
Partiendo de la premisa de que el uso de antibióticos es necesario para tratar tanto a personas como a animales, así como para garantizar la puesta en el mercado de alimentos seguros, y de que debemos preservar el arsenal terapéutico existente, la estrategia a nivel mundial, europeo y nacional, para la lucha contra las resistencias antimicrobianas se basa en hacer un uso prudente de los antibióticos existentes con el fin de reducir poco a poco las resistencias, dada la relación directa existente entre el mayor consumo de antibióticos y el aumento de las resistencias.
Este uso prudente de antibióticos supone administrarlos solo en los casos estrictamente necesarios y previa realización de pruebas de diagnóstico preciso y de susceptibilidad necesarias para seleccionar el antibiótico y dosis adecuada para tratar la infección, maximizando así su eficacia.
Bajo este prisma, las medidas adoptadas por la Unión Europea en el marco de su Plan de Acción frente a las Resistencias Antimicrobianas en sanidad animal, hasta el momento se centran en controlar las ventas de antibióticos a través del proyecto ESVAC –en virtud del cual las entidades facultadas para vender antibióticos comunican los datos de dichas ventas a las autoridades-, así como en exigir requisitos adicionales para la autorización de nuevos antibióticos –relativos sobre todo a estudios sobre los riesgos de aparición de resistencias- y limitar la prescripción y uso de antimicrobianos en veterinaria a través de la aprobación de los Reglamentos 2019/6 y 2019/4 de medicamentos veterinarios y piensos medicamentosos respectivamente[1], que serán aplicables en 2022.
De esta forma, a partir de 2022 va a estar prohibida la utilización de antimicrobianos de forma rutinaria y para compensar una falta de higiene o correcto manejo o como promotores de crecimiento. Solo podrán administrarse medicamentos veterinarios antimicrobianos con fines profilácticos en casos excepcionales, y solo a un animal determinado o a un número limitado de animales cuando el riesgo de infección o de enfermedad infecciosa sea muy elevado y las consecuencias puedan ser graves. El uso con fines metafilácticos solo estará permitido cuando el riesgo de propagación de una infección o de una enfermedad infecciosa en el grupo de animales sea elevado y no se disponga de alternativas adecuadas, pero su prescripción requerirá un diagnóstico previo de la enfermedad infecciosa por un veterinario que lo justifique.
En el caso particular de los piensos medicamentosos resultan aplicables las reglas anteriores pero con la salvedad de que el uso profiláctico de piensos medicamentosos con antimicrobianos está expresamente prohibido.
A nivel nacional, España también ha aprobado su propio Plan Nacional Frente a las Resistencias Antimicrobianas y ello se ha traducido, por el momento, en la realización de una categorización de antibióticos en veterinaria por la AEMPS, en la aprobación del RD 191/2018 para controlar la prescripción de antibióticos que realizan los veterinarios –y con ello el consumo de las explotaciones- y en la implementación de los programas “reduce” de adhesión voluntaria por los productores, cuyo principal exponente ha sido el “Programa Reduce Colisitina” en porcino.
De todas estas medidas, la única que, en principio, a día de hoy es exigible es la obligación de transmitir electrónicamente los datos de las prescripciones de antibióticos realizadas por los veterinarios, impuesta por el RD 191/2018. No obstante, los veterinarios deben tener en cuenta que, aunque la categorización de antibióticos por la AEMPS viene a ser una recomendación de uso de determinados antibióticos según su importancia crítica en salud humana con respecto a su uso recomendado en salud animal, a través de la introducción de estas prohibiciones y recomendaciones de uso en la ficha técnica de determinados medicamentos, se está obligando al veterinario prescriptor a cumplirlas.
De esta forma, está cambiando ya -y va a cambiar aún más- la práctica habitual de las explotaciones ganaderas y, mientras antes el veterinario prescribía lo que estimaba conveniente sin que nadie le cuestionara -pues la selección del antimicrobiano era una decisión clínica sin regulación sobre el uso de determinadas familias de antimicrobianos-, con el tiempo va a tener que atenerse a los criterios de uso prudente de antibióticos y a la categorización de antibióticos en veterinaria antes mencionada, teniendo que poder justificar el uso de antibióticos considerados críticamente importantes para la salud humana y de segunda elección (o último recurso) en veterinaria, sobre la base de los resultados de pruebas bacteriológicas.
Asimismo, para compensar ese uso profiláctico que se hacía de antibióticos y no disminuir la producción, va a ser necesario adoptar medidas más estrictas de bioseguridad, desinfección y manejo, así como inmunizar a los animales mediante vacunas.
En definitiva, la tendencia actual es ir reduciendo el uso de antibióticos (y resto de antimicrobianos) y, a su vez, fomentar e impulsar medidas alternativas y complementarias de prevención y tratamiento, entre las que se están planteando las denominadas estrategias nutricionales (a base de aditivos para piensos, extractos naturales, ácidos grasos, inmunoglobulinas, probióticos y prebióticos), o la terapia con bacteriófagos.
[1] Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre medicamentos veterinarios y por el que se deroga la Directiva 2001/82/CE y Reglamento (UE) 2019/4 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativo a la fabricación, la comercialización y el uso de piensos medicamentosos, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo y se deroga la Directiva 90/167/CEE del Consejo.