III Jornada de Derecho Farmacéutico en el ICAM sobre la autorregulación de la industria farmacéutica en un marco de compliance integral
El próximo 3 de junio tendrá lugar la tercera jornada sobre Derecho Farmacéutico de la Sección de Derecho Sanitario y Farmacéutico del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM).
En esta ocasión abordaremos el sistema de autorregulación de la industria farmacéutica, dentro de un compliance integral de uno de los sectores más regulados.
La jornada tendrá lugar a las 19:00 horas en el Salón de Actos (C/ Serrano, 9), presentada por la copresidenta de la Sección, Nuria Amarilla Mateu, y con la ponencia de José F. Zamarriego Izquierdo, Director Unidad de Supervisión Deontológica de Farmaindustria y Vicepresidente de la Asociación Española de Compliance (ASCOM).
Farmaindustria adoptó en 1991 como Código Español el Código Europeo de Buenas Prácticas para la Promoción de los Medicamentos, aprobado por la Federación Europea de las Asociaciones e Industria Farmacéutica (EFPIA). Desde esa primera versión, ha sido revisado (la última versión es de octubre de 2016) para adaptarse y adelantarse a las nuevas exigencias de una sociedad en constante evolución.
El Código incorpora, entre otros, los principios previstos en:
- Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano.
- Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios.
- Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
- Códigos de la Federación Europea de las Asociaciones e Industria Farmacéutica (EFPIA) de Interrelación con Profesionales Sanitarios, de Interrelación con Organizaciones de Pacientes y de Transparencia.
- Código de la Federación Internacional de la Industria del Medicamento (IFPMA).
- Informe del Gabinete Jurídico Número 2016-0172 (REF 143318/2016) de fecha 22 de abril de 2016 de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), reproducido en el Anexo I del Código.
“El sistema de autorregulación de la industria farmacéutica constituye una respuesta voluntaria de los laboratorios a las demandas de sus grupos de interés y la sociedad en general de establecer criterios y normas de conducta que garanticen la confianza y credibilidad en la promoción de los medicamentos y las interrelaciones de la industria farmacéutica”, explican desde Farmaindustria. Dicho sistema junto con las modificaciones del código penal del año 2015, respecto de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, deben ser analizadas por el compliance officer conforme a las especificidades de este sector.
La asistencia será gratuita hasta completar aforo, previa inscripción a través de la web del ICAM o solicitándolo por teléfono 91 788 93 80 (Ext. 1873)