Entrevista sobre la propuesta de “Digital Green Certificate” de la CE, para Radio Francia Internacional
¿En qué consiste el ‘pasaporte covid’ de la UE?
Una de las bases fundamentales del TFUE es la libertad de circulación y residencia, previstas en el artículo 21, que es en la que ahora mismo se está basando esta propuesta legislativa de la Comisión Europea.
Desde enero de 2021 se ha trabajado en Directrices sobre la prueba de la vacunación con fines médicos. Sin embargo, el concepto de “Green Pass” en la UE se enfoca de forma más amplia: además de a viajes, a fines económicos, turísticos, laborales, etc.
La Comisión quiere crear una pasarela para garantizar que todos los certificados puedan verificarse en toda la UE y apoyará a los Estados miembros en la realización técnica de los certificados. Los Estados miembros seguirán siendo responsables de decidir las restricciones de salud pública de las que puedan eximir a los viajeros, pero tendrán que aplicar sus exenciones igualmente a los viajeros titulares de un certificado digital verde.
El problema es que la medida se ha presentado cuando aún no hay vacunas disponibles para todos los ciudadanos. La Comisión señala como objetivo el mes de junio para que se defina un marco técnico a nivel de la UE para garantizar la seguridad, la interoperabilidad y el pleno cumplimiento de la protección de datos personales, pero probablemente se retrase, entre otros motivos, por el insuficiente ritmo de producción de vacunas y, con ello, el de la vacunación (lo cual se agrava en terceros países mientras no se acepte la suspensión de las patentes de vacunas de Covid-19 en el marco de los acuerdos ADPIC).
Otras características: La duración del “Green Digital Certificate” (certificado o pase verde) debería limitarse al final de la pandemia COVID-19, ya que las pruebas y la cuarentena seguirán siendo los habilitadores de la libre circulación. Por lo tanto, la vacunación no se convierte en una condición previa para ejercer este derecho por los ciudadanos de la UE.
El certificado Green Pass estará disponible en formato digital y en papel.
¿Indirectamente se estaría obligando a la población a vacunarse?
Incentivar no es igual que obligar. Aunque haya situaciones personales en que no se vea otra salida, no es lo mismo sancionar por superar la velocidad permitida en carretera, que obligar a los fabricantes a que los vehículos no puedan superarla.
¿Qué vacunas son válidas para este certificado?
En la UE las que la Agencia Europea del Medicamento tenga autorizadas en cada momento, dado que las vacunas no aprobadas por la Agencia Europea del Medicamento no estarán cubiertas por la cláusula de responsabilidad de la UE y el control de calidad.
El comisario de Justicia de la UE, Didier Reynders, ha dejado claro que los Estados miembros son libres de vacunar a sus ciudadanos con otros productos, pero no se les asignaría un certificado a menos que hayan recibido alguna de las vacunas autorizadas por la European Medicines Agency. Actualmente hay cuatro: Pfizer/BioNtech, AstraZeneca, Moderna y Johnson&Johnson
Debe ser, por tanto, un documento que permita la debida actualización, por ejemplo, a medida que se obtengan resultados sobre capacidad de trasmisión y duración de inmunidad con cada una de ellas, así como respecto de las próximas que se autoricen.
Este ‘pasaporte’ ¿es discriminatorio para los no inmunizados? Sabiendo que no hay vacunas para todos por el momento, que los alérgicos no pueden vacunarse y que hay gente que no quiere vacunarse
Vivimos en un mundo lleno de desigualdades, y evidentemente los que más tarde se vacunen tendrán más dificultades para todo. Especialmente generará desigualdad, una vez más, en el plano internacional, a los ciudadanos de aquellos países que tienen difícil acceso tanto a las vacunas, como a las pruebas de antígenos o anticuerpos del SARS-Cov-2.
Ahora bien, conforme a la Recomendación (UE) 2020/1475 del Consejo, de 13 de octubre de 2020, sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de COVID-19, se ha considerado que las medidas unilaterales de los Estados Miembros en este ámbito pueden generar más trabas. Por ello, la Comisión Europea propone un certificado común pero no obligatorio (al existir alternativas como pruebas de detección o la realización de cuarentenas) como mejor opción frente a que cada Estado miembro imponga medidas diferentes. Ahora bien, entonces la UE debería también favorecer el acceso a la población a dichas pruebas y al cumplimiento de las cuarentenas, para evitar la discriminación de quien no se haya vacunado por diferentes motivos.
Hasta el momento, la fiebre amarilla es la única enfermedad expresamente designada en el Reglamento Sanitario Internacional (2005) de la OMS respecto de la cual se puede seguir exigiendo a los viajeros prueba de vacunación o de tratamiento profiláctico como condición para entrar en un país. Ahora bien, no es comparable con las actuales vacunas frente al SARS-CoV-2 porque sobre estas últimas aún falta evidencia científica sobre si reducen la transmisibilidad de este virus.
¿Qué problemas legales plantea?
Además de las situaciones discriminatorias que puedan darse (como para acceder a un empleo, o para aquellos que hayan recibido vacunas no autorizadas por la UE), señalaría los relacionados con el reconocimiento internacional, la interoperabilidad y la protección de la confidencialidad y los datos de salud de los ciudadanos (ej. sería necesario establecer diferentes niveles de acceso en función de la finalidad).
Por otro lado, posibles problemas de responsabilidad legal, dado que los expertos en salud pública advierten de que si se comprobara que las vacunas actuales no evitan el contagio, los vacunados se convierten en vectores de transmisión de la enfermedad, más aún si se desplazan a otros países. Por tanto, los certificados de vacunación no deben de eximir a los viajeros internacionales de cumplir con las demás medidas de reducción de riesgos aplicables a los viajes, como señala la Sociedad Española de Salud Pública – SESPAS.
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