Entrevista a Gustavo Bravo sobre la farmacia peruana
08/10/2015
Gustavo Bravo Orellana es Gerente de la Unidad de Negocios Retail Arcángel en Albis S. A.Boticas y Medicentros (Perú) y colaborador del Foro Iberoamericano Ciudadanos y Salud.
Agradecemos al Sr. Bravo la concesión de esta entrevista a Cristina Reyes González, alumna de la primera edición de nuestro Máster en Derecho de la Salud.
1. ¿Es obligatoria la colegiación para ejercer de farmacéutico en una oficina de farmacia?
Sí resulta obligatorio, tener en vigor la colegiación y el registro en la dirección de salud (DISA) es indispensable.
2. ¿Están permitidas las cadenas de farmacias en Perú?
Actualmente sí, ya que desde 1991 la normativa peruana aplicable a las farmacias indica que cualquier persona natural o jurídica tiene derecho a crear un establecimiento farmacéutico. Aún así, esta misma normativa establece que esta farmacia debe contar con un regente o director técnico químico farmacéutico al frente de la botica.
3. ¿Se reconoce el derecho al acceso al medicamento? ¿Y el derecho a la protección de la salud?
Tanto el derecho al acceso al medicamento como el derecho a la protección de la salud se reconocen a nivel de la Constitución peruana y la Política de Salud.
4. ¿Cuál es el modelo de farmacia en Perú? ¿Existe libre mercado?
La farmacia en Perú sigue un modelo de mercado totalmente libre. No se limita la distancia entre farmacias, lo que provoca que un establecimiento farmacéutico pueda estar contiguo al otro, y tampoco existe control de precios.
5. Requisitos para abrir una oficina de farmacia.
Como comentaba en líneas anteriores, para abrir una oficina de farmacia es un requisito principal contar con un profesional químico farmacéutico como director técnico.
Además, existen requisitos de infraestructuras (espacios definidos y áreas), y se necesitan permisos de licencia de funcionamiento de la municipalidad y permisos de seguridad que otorga la oficina de defensa civil.
6. ¿Está permitido abrir oficina de farmacia en cualquier lugar o por el contrario existe legislación específica que prohíbe abrir una farmacia a una distancia cercana a otra?
Hasta la fecha está permitido abrir oficinas de farmacia en cualquier lugar. Sin embargo, sí existe una legislación específica que no permite abrir boticas ni dentro de grifos ni en mercados de abastos.
7. ¿Es necesaria siempre la presencia de farmacéutico en la oficina?
En teoría sí es obligatoria. En la práctica, la presencia del farmacéutico en la botica no se cumple salvo en los establecimientos formales.
8. ¿El estado financia algún tipo de medicamentos o por el contrario el ciudadano asume todo el coste?
En Perú existe el Seguro Social que cubre aproximadamente a la mitad de la población. Pero lo cierto es que en la mayoría de los casos es la población, el paciente, quien asume el coste total del medicamento.
9. ¿Existen núcleos de población donde no cuentan con dispensación de medicamentos?
Sí, existen núcleos urbanos con dificultades para encontrar los medicamentos que necesitan.
10. ¿Puede otro tipo de locales dispensar medicamentos?
No, ya que está prohibido.
11. ¿Puede la farmacia vender agua y sodas en sus establecimientos?
Sí.
12. ¿Son conscientes los boticarios peruanos del gran trabajo que queda por hacer con respecto a la regularización de la atención farmacéutica?
Lo somos.
[:]