La detección de SARS-CoV-2 en farmacias, una necesidad que precisa de mayor apoyo por parte de la Administración
La publicación del Real Decreto 588/2021, de 20 de julio, en el que se autoriza la dispensación de test de autodiagnóstico de SARS-COV-2 sin prescripción, supone para la Sociedad Española de Farmacia Clínica, Familiar y Comunitaria (SEFAC) una nueva oportunidad para aprovechar el potencial de las farmacias comunitarias en las labores de cribado de la COVID-19 con el fin de frenar la propagación de la pandemia.
La citada Sociedad ya venía reclamando estas medidas con anterioridad y considera que, por otro lado, también plantea la necesidad de generar circuitos asistenciales de rastreo y detección desde las farmacias comunitarias que optimicen la detección de personas infectadas, ya sean sintomáticas o asintomáticas, incorporándose a la red epidemiológica.
En este sentido, SEFAC recomienda aplicar criterios dentro del ámbito de la farmacia comunitaria como el de seguir un Procedimiento Normalizado de Trabajo (PNT) para la realización del test, realizar una formación específica para actualizar los conocimientos, el registro de la realización del test y posterior emisión de un informe o informar al usuario de la posibilidad de realizar y/o asistir en la realización del test en caso de solicitud.
Y también determina criterios dentro de la Administración sanitaria, como los que se refieren a incluir a la farmacia comunitaria y a los farmacéuticos comunitarios como recursos sanitarios del Sistema Nacional de Salud, crear un circuito asistencial bidireccional y de comunicación de resultados entre la farmacia comunitaria y el centro de salud o Red Epidemiológica competente, autorizar la emisión del certificado COVID-19 digital de la Unión Europea en caso de resultado negativo del test realizado por farmacéutico autorizado o conveniar con los colegios oficiales de farmacéuticos la realización de test frente a la COVID-19 en las farmacias a determinados grupos de riesgo de la población.
Todo esto podría conseguirse con un mayor esfuerzo de la Administración en cuanto a la creación de circuitos asistenciales para la comunicación de los resultados y la promoción de la participación activa de los farmacéuticos comunitarios dentro de programas de detección protocolizados.
Sin embargo, pese a la capacidad que otorga la modificación del Real Decreto 1662/2000 sobre productos sanitarios para diagnóstico in vitro a las farmacias comunitarias respecto de las pruebas de autodiagnóstico de COVID-19 (sin prescripción médica) hasta la fecha solo una minoría de las Comunidades Autónomas han establecido mecanismos para que los farmacéuticos comuniquen y certifiquen los resultados de los test de autodiagnóstico dispensados, cosa que contrasta con la realidad de muchos países europeos en los que, desde hace meses, las farmacias emiten este tipo de certificados.
Varias Comunidades Autónomas no terminan de aclarar esta circunstancia, pero es significativo el apoyo a este posicionamiento por parte del departamento de Salud de Gobiernos como el de Navarra, donde el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Navarra, en su circular del 20 de agosto de 2021, detalla que “la participación activa en la realización de la prueba diagnóstica por parte del profesional farmacéutico no presenta ningún problema de seguridad jurídica, ya que la prueba diagnóstica tiene la consideración de autotest; es decir, cualquier persona puede participar en la realización de esa prueba, máxime un profesional sanitario cualificado como es el farmacéutico”.
Pero a pesar de este ejemplo, SEFAC señala en un comunicado algunas situaciones que evidencian bastante descoordinación a nivel territorial: Aragón ya emite certificados covid digitales de la UE a través de las farmacias, mientras que Cataluña lo hace solo parcialmente a determinados grupos de riesgo; por su parte, Galicia y Murcia emiten informes oficiales autonómicos, pero no europeos, cuya validez parece ser completa únicamente dentro de la propia Comunidad Autónoma. Mientras, las demás comunidades no emiten certificados de ningún tipo.
Para SEFAC, esta descoordinación genera consecuencias que requieren de un incremento del interés de la Administración para gestionar los medios necesarios que lleven a nuestro país a aprovechar el potencial de la farmacia para el cribado de la COVID-19 igualándolo a la mayoría de los estados europeos.
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