Cómo debe ir correctamente etiquetado un producto sin gluten
Las principales novedades para el etiquetado de los productos sin gluten se introdujeron en el Reglamento de Ejecución 828/2014, aplicable desde julio de 2016, que establece que: “la declaración «muy bajo en gluten» solamente podrá utilizarse cuando alimentos que consistan en trigo, centeno, cebada, avena o sus variedades híbridas, o que contengan uno o más ingredientes hechos a partir de estos cereales, que se hayan procesado específicamente para reducir su contenido de gluten, no contengan más de 100 mg/kg de gluten en el alimento tal como se vende al consumidor final”.
El Reglamento (UE) de Ejecución 828/2014 introdujo dos matices importantes en la regulación de etiquetado de productos ‘sin gluten’
Hasta 20 mg por kilo es la cantidad máxima de gluten permitida para poder etiquetar un producto ‘sin gluten’. No existe 100% ninguno libre de él
Empresas que fabrican productos ‘con’ y ‘sin gluten’ deben garantizar la seguridad e independencia de los procesos de procesado para poder etiquetarlos como tal
Asimismo según el Codex Alimentarius de la FAO, se considera que un producto puede denominarse o declararse ‘sin gluten’ hasta 20 mg de gluten por kilo de alimento. Un alimento 100% libre de gluten es prácticamente imposible de encontrar debido a la contaminación cruzada a lo largo del proceso de fabricación-procesado.
El Reglamento está orientado a la correcta información a los consumidores y especialmente a los que manifiestan problemas de celiaquía o intolerancia al gluten. Este reglamento europeo no cambia de forma sustancial el anterior, el 41/2009, pero sí que añade ciertos matices.
Complementando al Reglamento sobre información alimentaria al consumidor de 2011, el Reglamento (UE) 828/2014 especifica la transmisión de información a los consumidores sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten en los alimentos.
Para definir la composición de los alimentos deberá ajustarse a las distintas disposiciones que regulan los alimentos de consumo ordinario.
De forma resumida, las empresas pueden indicar con la etiqueta ‘sin gluten’ de forma voluntaria productos que no lo contienen de forma natural, en dos casos principalmente:
– Si el producto contiene varios ingredientes y alguno podría contaminarse con gluten. Es el caso de algunos yogures, por ejemplo, de sabores porque en la misma fábrica se fabrican yogures con cereales. Si hay total seguridad y garantías en la producción para evitar dicha contaminación cruzada, los yogures de frutas se pueden etiquetar ‘sin gluten’.
– Si el producto lo componen varios ingredientes y esto puede generar duda en el consumidor sobre si alguno de ellos puede contener gluten. Conforme al Reglamento (UE) 1169/2011 todos los productos alimenticios deben incluir obligatoriamente un listado de ingredientes que el consumidor tiene que poder leer. Etiquetarlos ‘sin gluten’ ayuda en la elección del consumidor.
Por otro lado, para poder realizar declaraciones nutricionales o de propiedades saludables en el etiquetado, la presentación o la publicidad del producto todos los alimentos deberán ajustarse al Reglamento (CE) 1924/2006 más los Reglamentos (UE) de Ejecución de la Comisión Europea.