Abierto el plazo de consulta pública previa al Proyecto de RD de productos sanitarios
La Dirección General de Cartera Básica del Sistema Nacional de Salud y Farmacia del Ministerio de Sanidad ha abierto un periodo de consulta pública previa a la elaboración del ‘Proyecto de Real Decreto por el que se regula el procedimiento de financiación y las condiciones de dispensación por el Sistema Nacional de Salud de los productos sanitarios para pacientes no hospitalizados y se determinan los márgenes correspondientes a su distribución y dispensación’, que finaliza el próximo día 25 de noviembre de 2017.
El Departamento que dirige Encarnación Cruz da así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo que respecta a la mejora de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración de normas, y comienza así la tramitación de un Real Decreto con el que se pretenden solucionar varios problemas.
Por un lado, desarrollar reglamentariamente lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y los Productos Sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, referente a las cuantías económicas correspondientes a los conceptos de distribución y dispensación de estos productos. El fin último, en este sentido, es el de fijar precios de venta al público (PVP) de los productos financiados mediante la agregación del precio industrial autorizado, que actualmente tiene carácter de máximo, y también los márgenes correspondientes para mayoristas y oficinas de farmacia.
Asimismo, la Dirección General se ha propuesto actualizar los procedimientos administrativos vigentes y adecuarlos a la normativa en vigor, así como incluir nuevos productos en la prestación del SNS, posibilitar la revisión de precios de los ya existentes, e incluso posibilitar la exclusión excepcional de los que no se encuentren comercializados.
Antecedentes de la norma
En el documento publicado por la Dirección General, además de la justificación de esta actualización normativa, se incluye un apartado referido a los antecedentes de la norma, en el que se hace un repaso por la legislación que ha regido sobre estos productos en las dos últimas décadas.
Desde el Real Decreto 9/1996, de 15 de enero, que venía a desarrollar los artículos 94.4 y 95 de la derogada Ley 25/1990 de 20 diciembre del Medicamento, que regulaba la selección y la financiación con cargo a la Seguridad Social y los fondos afectos a la sanidad, decisión que recaía en el Ministerio de Sanidad y Consumo; hasta la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racional de medicamentos y productos sanitarios, que en su artículo 89.6 actualizaba los criterios de financiación, y establecía que, para su inclusión en la prestación, debían reunir las especificaciones técnicas contrastadas que determinara previamente Sanidad, y en su artículo 90 modificaba el régimen de fijación de precios, atribuyendo la competencia a la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, previo acuerdo de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos, que tomaría en consideración criterios de carácter técnico-económico y sanitario.
Finalmente, hacen referencia al vigente texto refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015 de 1 de julio, y que incorpora el contenido de los preceptos citados en la Ley 29/2006, en sus artículos 92.6, que marca la financiación selectiva con base en criterios de gravedad duración y secuelas de las patologías; necesidades específicas de ciertos colectivos; valor diagnóstico, de control, de tratamiento, prevención, alivio o compensación de una discapacidad; valor social del producto sanitario y beneficio clínico incremental teniendo en cuenta su relación coste-efectividad y Existencia de productos sanitarios u otras alternativas terapéuticas para las mismas afecciones a menor precio o inferior coste de tratamiento, y en el artículo 94, que establece las bases para la fijación de precios.
En Eupharlaw proporcionamos servicios de asesoría, desde hace más de quince años, al respecto de la financiación de productos farmacéuticos y sanitarios, por lo que estamos a su disposición para cualquier consulta, a través del número de teléfono 91 5910079 o mediante el siguiente formulario.